MTC reglamentará uso de scooters eléctricos y monociclos en todo el país

Proyecto de reglamento establece sanciones a conductores de monociclos y scooter de hasta con el 8% de la UIT si no usan prendas retrorreflectantes, hacer maniobras temerarias o ir por la acera.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha publicado el proyecto de reglamento para todos los vehículos eléctricos de movilidad personal, entre ellos, scoorters, monociclos y motos.

La propuesta del reglamento del MTC para estos vehículos está disponible en este link hasta el 19 de marzo:

https://www.gob.pe/l/1707852

Todos los ciudadanos, especialistas y gremios del transporte podrán hacer observaciones al mencionado proyecto de reglamentación y posteriormente se establecerá un texto corregido para ser enviado al Congreso para su aprobación.

La medida busca regular la conducta de dichos usuarios de transporte eléctrico, debido a los accidentes fatales ocurridos en todo el país por su falta de reglamentación.

Entre las regulaciones figuran las siguientes:

Los vehículos de movilidad personal deben circular únicamente por las ciclovías, calles o jirones, desplazándose siempre por el lado derecho de la calzada.

Su circulación por la vereda se encuentra prohibida. Solo en el caso de que la calzada o ciclovía se encuentre obstaculizada se podrá hacer uso de la acera, para tal efecto el usuario debe descender del vehículo y desplazarse a pie.

A fin de resguardar la integridad física de los usuarios de las vías, el reglamento establece el equipamiento básico para el conductor: utilizar el casco durante todo el trayecto y una prenda retrorreflectante para uso nocturno y cuando las condiciones meteorológicas disminuyan la visibilidad.

Asimismo, los vehículos de movilidad personal deben contar con sistema de frenos, bocina, alumbrado y láminas retrorreflectantes que permitan su visualización.

La norma prohíbe la conducción de estos medios de transportes con la ingesta de más de 0.5 g por litro de alcohol en la sangre, o bajo los efectos de estupefacientes y alucinógenos.

DATO. – Los aportes serán recibidos en el correo normasdpntra@mtc.gob.pe

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