El Poder Ejecutivo presentó ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31355, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política.
El escrito fue presentado ante el TC por el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Huerta Guerrero, al amparo de los artículos 47 y 203, inciso 1 de la Constitución.
El procurador Huerta solicitó que se admita la medida a fin de continuar el proceso y lograr la nulidad de la ley de interpretación auténtica aprobada por el Congreso.
La demanda cuestiona la constitucionalidad de la citada ley por contravenir los artículos 43, 102, 118, 132 y 133 de la Carta Magna.
Por ello, solicita al Tribunal Constitucional que declare la inconstitucionalidad total de la ley, por razones de forma y de fondo, por cuanto contraviene las siguientes disposiciones de la Constitución Política y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional:
- El artículo 43 de la Constitución, que reconoce el principio de separación de poderes, que comprende el equilibrio y balance entre el Poder Ejecutivo y el Congreso.
- El artículo 102, inciso 1, de la Constitución, sobre la competencia del Congreso para interpretar las leyes.
- El artículo 118, numeral 3, de la Constitución, que reconoce la competencia del Poder Ejecutivo para dirigir y ejecutar la política general del gobierno.
- Los artículos 132 y 133 de la Constitución, sobre la cuestión de confianza facultativa.