El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó la cancelación de oficio de la inscripción del Partido Aprista Peruano.
Fue a través de la Resolución Nº 0911-2021-JNE, que confirma la Resolución N° 633-2021-DNROP/JNE, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la cancelación de oficio de dicho partido.
La disposición fue publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El recurso de apelación había sido interpuesto por José Germán Pimentel Aliaga, personero legal titular del Partido Aprista Peruano, en contra de la Resolución Nº 633-2021-DNROP/JNE, del 14 de octubre de 2021.
Dicha resolución había declarado infundado el recurso de reconsideración que interpuso en contra de la Resolución Nº 424-2021-DNROP/JNE, la cual dispuso cancelar de oficio la inscripción del citado partido político.
Tras el último proceso electoral, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) canceló la inscripción de 14 partidos políticos que no cumplieron estos requisitos para mantener su vigencia.
Los partidos cuya inscripción fue cancelada son Democracia Directa; Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Frente Popular Agrícola FIA del Perú; Partido Nacionalista Peruano; Contigo; Partido Popular Cristiano; Perú Patria Segura; Renacimiento Unido Nacional; Unión por el Perú y Victoria Nacional.
A estos partidos se suman el Partido Aprista Peruano, Perú Nación, Todos por el Perú y Vamos Perú por no participar en una elección de alcance nacional, como lo exige el artículo 13, literal e), de la Ley de Organizaciones Políticas.