La Historia y el Legado de la Orden del Temple: Entrevista con el Gran Maestre Vincenzo Tuccillo Iodice

La Orden del Temple es una organización fraternal moderna inspirada en los Caballeros Templarios del siglo XII y en la "Ordre du Temple" reformada por Napoleón I.
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En conmemoración del primer aniversario de su elección, el 18 de febrero de 2024, el Gran Maestre de la Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén – Internacional (Orden del Temple), fr. Vincenzo Tuccillo Iodice, nos ofrece una visión profunda sobre la historia, legado y situación actual de la Orden.

La Orden del Temple es una organización fraternal moderna inspirada en los Caballeros Templarios del siglo XII y en la “Ordre du Temple” reformada por Napoleón I. Su objetivo es preservar los valores de caballerosidad, caridad y servicio, adaptándolos a los desafíos del mundo contemporáneo.

La Orden busca mantener vivos los principios de Caballerosidad, caridad, y servicio que caracterizaron a sus antecesores y que busca preservar y promover los ideales de los antiguos caballeros templarios, adaptándolos a las necesidades y desafíos del mundo contemporáneo.

El emblema Magistral de la Orden es una cruz roja sobre fondo blanco, similar al de los templarios originales, y sus miembros visten con capas blancas adornadas con esta cruz. La estructura de la Orden incluye diferentes rangos y grados, y la admisión se basa en el compromiso con los valores y objetivos de la organización.

P: Gran Maestre, ¿nos puede aclarar brevemente cómo terminó la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo y del Temple del Rey Salomón, conocido como los Templarios?

R: Para hacer esto es necesario poner un antecedente. El movimiento internacional que sigue los pasos de la Orden religiosa, la más controvertida en la historia del cristianismo, está viviendo en las últimas décadas un período de asombrosa vitalidad e interés renovado.

La Orden del Temple fue, víctima de la feroz persecución de la historiografía del iluminismo, la misma que sin rodeos calzó mil años de historia medieval como “evo oscuro“. La historia del Temple pronto se había convertido en “leyenda negra“, igualmente falsa a la “leyenda negra” de la Inquisición.

El esperado proceso de revisión histórica de los Templarios llegó a finales del siglo XIX, gracias a los esfuerzos y pericia de historiadores del más alto nivel. Estos, realmente iluminados y dirigidos al estudio exclusivo de las fuentes, han sacado a la luz la verdad sobre la famosa Orden Militar y los acontecimientos procesales que decretaron su supresión.

P: ¿Como se desarrolló el juicio en contra de los Templarios?

R: El juicio de la Orden de los Caballeros Templarios, de acuerdo a los estudios realizados, fue instruido por la voluntad de la Corona Francesa que actuó con fines puramente políticos y sin la más mínima evidencia.

Felipe el Hermoso, rey capetingio, heredó el legado teocrático de su abuelo Luis el Santo, quien había logrado movilizar la opinión pública contra la poderosa Orden, haciendo uso de una propaganda anti Templaria muy eficiente y poniendo al propio Papa en una posición incómoda y minoritaria. Gracias a un juego político sutil y agudo, la jurisdicción papal fue ágilmente desviada por los agentes del gobierno, mientras que un órgano de justicia absolutamente poco convencional fue movilizado: “La Inquisición del Rey”.

Ciertamente, la demostración del alejamiento de la Orden de las acusaciones formuladas en su contra no se puede tratar en una breve respuesta; sin embargo, nos inclinamos, de acuerdo con la mayoría de los eruditos modernos, a entender la tesis que propone la inocencia de la Orden, reflejada claramente en las disquisiciones científicas.

P: ¿Entonces podríamos afirmar que no fue un juicio correcto?

R: Sería de gran interés una investigación que trate acerca de la composición de una crónica más detallada e imparcial de los acontecimientos que vieron a la Orden de los Templarios bajo un juicio por herejía. La dramática historia del juicio de la más noble orden religiosa, la Orden de los Caballeros del Temple de Salomón, los Templarios, comienza en el 1307, pero es desde la fecha de la fundación que debemos comenzar a conocer plenamente esta extraordinaria institución: Veinte años después de la toma de Jerusalén, a partir del 1119 y durante trescientos años, la Orden del Temple fue el emblema de la ortodoxia.

Apenas un año después del inicio del proceso “secular” a la Orden que culminó con la quema del Maestro del Temple, De Molay, y otros dignatarios, existe y puede constatarse en la actualidad la redacción del Pergamino de Chinon, documento que demuestra la absolución del Papa Clemente V a los dignatarios de la Orden Templaria.

P: Gran Maestre, ¿nos explica qué es el “Pergamino de Chinon”?

R: El pergamino fue redactado en Chinon, diócesis de Tours, en el 1308, entre el 17 y el 20 de agosto de ese año. En su contenido redacta la absolución impartida por Clemente V al último Maestro del Temple, el hermano Jacques De Molay, y a los otros dignatarios de la Orden, después de que éstos hubieran hecho un acto de arrepentimiento y pidieran el perdón de la Iglesia. Después de la renuncia formal, obligatoria para todos aquellos que incluso eran sospechosos de crímenes heréticos, los miembros del Estado Mayor Templario son reintegrados en su totalidad a la Comunión Católica y readmitidos para recibir los Sacramentos.

El Pergamino de Chinon responde a la necesidad apostólica de eliminar las infamias y excomunión vertidas hacia los frailes-guerreros. La absolución pertenece a la primera fase del juicio contra los templarios, cuando Clemente V todavía estaba convencido de que podía garantizar la supervivencia de la Orden Religiosa Militar. Los Templarios se habían enredado en la pena de excomunión al admitir que habían renunciado a Jesucristo después de sufrir los vejámenes de la tortura del Inquisidor francés.

P: ¿Cuál podría ser la justificación de la promulgación del Pergamino de Chinon?

R: Varias fuentes cohesivas al procedimiento, por ejemplo, la del filósofo Raymond Lullo, muestran cómo el Papa Clemente V, habiendo encontrado que varios Templarios cometieron serias formas de mala praxis, planeó una reforma radical de la Orden y luego su fusión en una sola institución con la otra gran Orden Religiosa Militar de los Hospitalarios. La sentencia de Chinon declaró en redacción que los Templarios no fueron liberados, sino que fueron absueltos de las culpas; este hecho era el requisito previo necesario para esa reforma planteada que nunca se ejecutó.

La monarquía francesa reaccionó a la absolución activando un verdadero mecanismo de chantaje que forzó, más tarde, al Papa Clemente V al ambiguo compromiso emanado en 1312 durante el Concilio de Viena: al no poder oponerse a la voluntad del rey de Francia, Felipe el Hermoso, que impuso la eliminación de los Templarios, es así que el Papa eliminó la Orden de la realidad del tiempo sin condenarla ni abolirla, aislándola en una especie de “hibernación” gracias a un artificio del derecho canónico. Después de declarar expresamente que el juicio no había probado la acusación de herejía, el Papa Clemente V suspendió la Orden de los Templarios en el proceso de un juicio final dictado por la necesidad superior de evitar un grave peligro para la Iglesia, con una prohibición bajo pena de excomunión de seguir utilizando su nombre y marcas distintivas.

P: Entonces, ¿cuál es al final la posición de la Iglesia de Roma con los Templarios?

R: Sin entrar en los detalles del juicio de suspensión y las muchas leyendas, a menudo construidas artísticamente por grupos “neotemplarios“, hay que decir que, en realidad, sólo en Francia y en algunas pocas regiones europeas la Orden fue perseguida. Muchos de los Caballeros se unieron a la Orden de los Caballeros de Rodas o tomaron varias denominaciones de acuerdo con la tradición nacional para evitar la persecución.

En la actualidad, decir que hay una Transmisión Templaria ininterrumpida desde el último Maestro sería una controversia; otra cosa es hablar sobre el renacimiento a través de una tradición ininterrumpida de un Espíritu Templario sincero que florece en el ambiente cristiano. De hecho, los principios que fueron escritos en las Reglas de Bernardo de Chiaravalle, que hasta ayer parecían dormidos, hoy por hoy son más actuales que nunca.

P: ¿Usted cree que sea posible una reconciliación con la Iglesia de Roma?

R: Actualmente, esperar una reconciliación “oficial” con la Iglesia de Roma sería impensable; ¡son demasiados los “templarios“! Demasiadas las almas, demasiados propósitos quebrados; sería apropiado ordenar las diversas agrupaciones con el fin de reunir lo que es bueno y saludable de sus realidades. Hoy el Movimiento Templario tiene un alma laica cristiana con ramificaciones en todo el mundo (con más de 500.000 Caballeros a los que se añaden las familias de cada uno) que, a partir de la Reforma Napoleónica de 1804, con las Iglesias, pero no en las Iglesias, trata de vivir la espiritualidad de San Bernardo de Chiaravalle según las tradiciones cristianas específicas de pertenencia.

P: ¿Cuál es la real posición de los templarios por el Código de Derecho Canónico?

R: Esta pregunta necesita una respuesta un poco más larga. Desde el punto de vista del Derecho Canónico, hay que observar cómo la bula Vox in Excelso del Papa Clemente V, dada “no con juicio final, sino por medida apostólica“, es clara sobre el punto: la Orden del Temple está suspendida, con su regla, su nombre y la prohibición de que alguien tome los símbolos. Con el fin de sellar definitivamente la cuestión, la bula prevé la excomunión (canon 1331 del Código de Derecho Canónico) ipso facto, latae sententiae, sin necesidad de que sea declarada por la autoridad eclesiástica, pero agente ipso jure.

Recordemos que el castigo canónico medicinal de la excomunión implica la prohibición de participar en la Celebración Eucarística, de celebrar o recibir los Sacramentos, de ejercer funciones, oficios o ministerios eclesiásticos o de llevar a cabo actos de gobierno (can. 1331, párr. 1, números 1, 2 y 3, CIC 1983).

Cabe señalar, sin embargo, que frente a las “sentencias históricas“, el canon 6 del CIC de 1983 deroga, en el número 3, “cualquier derecho penal, tanto universal como particular, que emana de la Sede Apostólica, a menos que se tome en este mismo Código“; por lo tanto, también la medida apostólica de Clemente V, caracterizada como una disposición penal, vinculada a una precisa situación social y política y que, hoy en día, sería anacrónica incluso a la luz del descubrimiento y publicación del pergamino Chinon.

En 2012, el periodista Michel Upmann escribió sobre los Templarios: “Todo el mundo se hace llamar católico, algunos ‘ecuménicos’, algunos admiten que entre sus afiliados hay ‘Hermanos Masones’, algunos aseguran que incluso son dueños del auténtico Santo Grial, la copa utilizada por Jesús en la Última Cena. Hay algunos que muestran documentos “antiguos”, otros que utilizan cartas de la Presidencia de la República Italiana, y algunos que están orgullosos de poder mostrar el reconocimiento de las Naciones Unidas.

Todo esto da lugar de verdad a mucha curiosidad entre los fieles, pero también genera mucha confusión, hasta el punto de llegar a que el día 19 de mayo de 2005 tuvo que intervenir Monseñor Mauro Parmeggiani, quien en nombre del Cardenal Vicario Camillo Ruini con la nota No 581, invitó a los párrocos, los rectores de Iglesias y Capillas públicas o incluso institutos religiosos de la diócesis de Roma a no acoger las ceremonias de los llamados grupos “neotemplarios”, indicando explícitamente que la Iglesia sólo reconoce la Orden Soberana Militar de Malta y la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén.

Una invitación no siempre respetada, por la que fue necesario reiterar con la nota 755, firmada por Mons. Luigi Moretti, vicedirector de la Vicaría de Roma, del 19 de mayo de 2009, la abstención en la capital “de cualquier acto de Investidura u otras ceremonias similares para asegurar favores divinos a los participantes“.

Hasta la fecha, el Movimiento Templario confía en el discernimiento pastoral de Obispos y Pastores que, movidos por la sensibilidad espiritual personal, serán prudentemente atentos para distinguir entre los Templarios pertenecientes a asociaciones y organizaciones seculares de inspiración cristiana y los Caballeros autoproclamados pertenecientes al fenómeno de los neotemplarios de baja credibilidad y formación. En última instancia, la situación desde el punto de vista del derecho canónico es clara tanto para los Caballeros Templarios del 1300 como para los Caballeros Templarios de hoy.

P: Gran Maestre, ¿cuáles son las características de la Orden que usted guía y que es parte de la que se puede considerar una Familia Templaria?

R: La respuesta que he dado hasta ahora es una sólida premisa histórica; todavía quisiera evidenciar cómo, desde hace dos siglos, el trabajo de Muchos Prioratos Templarios, provenientes de diferentes tradiciones, se consolidó en la Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén (OSMTJ), uniendo el Movimiento Cristiano Templario bajo una sola matriz y pretendiendo vivir su fe cristiana según la tradición del Temple y las enseñanzas de Bernardo de Chiaravalle, alejándose de la herejía de Bernard-Raymond Fabré-Palaprat y de su Iglesia Juanita, manteniendo la línea de continuidad con la refundación de la Orden hecha por el emperador Napoleón I.

P: ¿Cuál es el camino para ingresar a la Orden?

R: Hoy en día, puedo afirmar, los Prioratos Nacionales prevén un período de postulantado que oscila entre seis meses o tiempos más largos, durante el cual el Candidato sigue cursos de formación histórica, filosófica y religiosa, legado a la Investidura de Escudero con conciencia y compromiso. Durante este tiempo, el neófito es confiado a un caballero anciano que se encarga de su formación y de responder a sus inquietudes. Transcurrido este plazo, la solicitud de ingreso se someterá al Capítulo del Priorato Nacional y sólo después de la respuesta positiva de este órgano se realizará la admisión formal.

P: ¿Tienen una cuota de ingreso para los neófitos?

R: Lo que se ha recibido gratuitamente de la misma manera se devuelve. La Orden solo pide compromiso de tiempo, que es individual para cada Caballero, y compromete moralmente para satisfacer las necesidades de la organización y la difusión de los valores dormidos que nos distinguen. Cada priorato puede pedir una ayuda económica para el desarrollo de las actividades locales, no para ser Templarios.

P: ¿Cuál es la posición de la Orden respecto a la masonería?

R: La Orden no entra en la esfera de la vida privada; por lo tanto, las elecciones personales no deben confundirse con las actividades de la Orden, que, aunque es secular, es de inspiración cristiana y recoge en su interior, según el espíritu ecuménico del Concilio Vaticano II, Prioratos y Encomiendas de todas las tradiciones: católica, evangélica, protestante, anglicana, ortodoxa.

Somos conscientes de cómo diferentes Caballeros tienen o han tenido una experiencia en la masonería; esto no se debe confundir, sin embargo, nuestra Orden Templaría no tiene contacto con las organizaciones masónicas de manera directa, ni tampoco organiza actividades conjuntas o viceversa. Sin embargo, no prohíbe que un masón pueda ser un Caballero de la Orden del Temple. Al mismo tiempo, la Orden y los Caballeros participan activamente en todas las actividades de las iglesias y comunidades religiosas que a menudo albergan la sede de los prioratos y encomiendas, de acuerdo con la tradición religiosa y respetando las creencias y coherencia de cada uno.

A nivel doctrinal, el Dicasterio de la Fe de la Iglesia Católica Apostólica Romana ha reiterado varias veces que «la pertenencia activa de un fiel a la masonería está prohibida, debido a la irreconciliabilidad entre la Doctrina Católica y la masonería». Cito la Declaración de la Congregación para la Doctrina de la Fe de 1983 y las mismas Directrices publicadas por la Conferencia Episcopal Española en 2003. Por lo tanto, la Orden pide coherencia a sus Caballeros Católicos Romanos, indicando las directrices de la Iglesia Católica Romana.

P: Una última pregunta: hoy en día, ¿dónde está presente la OSMTJ Internacional (Orden del Temple)?

R: La Orden Soberana y militar del Temple de Jerusalén – Internacional (Orden del Temple) está presente en todos los continentes con 33 Prioratos y 66 Representaciones Diplomáticas; no es costumbre para un Templario mostrar orgullo o grandeza, por lo tanto, no le detallaré más. La Orden, desde su inicio histórico, ha invitado a sus Caballeros a cultivar las Cuatro Virtudes Cardinales y las Tres Virtudes Teologales, con una particular atención a la Humildad, a la Templanza y a la Fe.

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