El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N.º 1736, que establece el trabajo asistido externo para internos en régimen semiabierto y con delitos de menor lesividad. La norma permite que participen voluntariamente en labores fuera de los penales bajo control de las autoridades. El Gobierno busca fortalecer la resocialización y reducir la reincidencia mediante oportunidades laborales reales y supervisadas.
Condiciones y restricciones
Los internos deberán cumplir condiciones estrictas para integrarse al programa. Las autoridades exigirán que hayan cumplido al menos la mitad de la condena, mantengan buena conducta y no tengan procesos pendientes. Además, el trabajo deberá ajustarse al plan individual de tratamiento. La ley excluye a reincidentes, condenados por delitos graves o miembros de organizaciones criminales.
Instituciones responsables del programa
El Instituto Nacional Penitenciario, cuyas funciones pasan a la Superintendencia Nacional de Infraestructura y Reforma Penitenciaria (SUNIR), evaluará los expedientes y supervisará el cumplimiento del programa. Las labores se coordinarán con entidades públicas, privadas y organizaciones civiles mediante proyectos específicos orientados al aprendizaje de oficios y habilidades laborales.
Plan piloto, sanciones y evaluación futura
El decreto ordena implementar un plan piloto en 150 días con duración de 24 meses para medir resultados antes de una expansión nacional. El Estado podrá usar bienes incautados para adecuar infraestructura. Asimismo, la norma incorpora sanciones penales para internos que incumplan el retorno al penal, con penas adicionales de hasta cuatro años de prisión.
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