Abogado de Pedro Castillo: “Las imputaciones solo contienen hechos ficticios e inexactos”

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Luego del mensaje de defensa del presidente Pedro Castillo ante el pleno del Congreso, su abogado, José Palomino tomó la palabra para argumentar punto por punto por qué se debe desestimar la moción de vacancia presentada contra el jefe de estado.

Palomino empezó diciendo que “las imputaciones con las que se pretende vacar al presidente contienen hechos ficticios, inexactos, que pretenden ser usados como excusa para sacarlo del cargo”.

Aseguró que “no existe sustento probatorio que esté relacionado a la supuesta incapacidad moral” y que la moción de vacancia “no tiene una fuente certera que verse sobre hechos”. Indicó que no hay una sola prueba directa o documento oficial, judicial o legal que acredite la responsabilidad del presidente “sino 56 links donde encontramos artículos periodísticos”, cuestionó.

Sobre las afirmaciones de Karelim López ante la Fiscalía, el abogado de Castillo dijo que “todos son mitos difundidos por los medios de prensa” que deben ser corroborados por la autoridad competente.

En otro momento, se refirió a la denuncia constitucional por la supuesta comisión del delito de traición a la patria. “El presidente jamás refirió que Bolivia tenga acceso al mar por nuestra soberanía”, señaló el abogado, “el concepto cesión de soberanía no fue utilizado por el jefe de Estado. No puede configurarse un ilícito internacional, lo que ocurre es que sus declaraciones fueron tergiversadas por CNN”.

Palomino también habló sobre la designación de Daniel Salaverry en PerúPetro. “Fue legal debido a que la ley no establece experiencia en el sector hidrocarburos”, argumentó.

Hacia el final de su discurso, Palomino reiteró que “no se puede vacar al presidente por incapacidad moral por una supuesta comisión de infracciones constitucionales. Resulta inoportuno solicitar la vacancia al presidente por supuestos hechos delictivos que se encuentran en investigación. Algo más, todavía: el mandato presidencial es de cinco años y debe respetarse el derecho a elegir y a ser elegido, y el ejercicio pleno de la función pública”.

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