El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), ha oficializado el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias para los trabajadores del sector público. Este año, el monto del aguinaldo será de S/ 300 y se abonará en la planilla de pagos del mes de julio de 2024, según lo establece el Decreto Supremo N° 124-2024-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales de El Peruano.
Requisito para recibir el aguinaldo
Para ser beneficiarios de este aguinaldo, el personal del sector público debe haber estado laborando, en uso de descanso vacacional, en licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios de la Ley N° 26790 al 30 de junio. Además, se requiere una antigüedad no menor de 3 meses en el servicio a dicha fecha.
¿A quiénes está destinado el aguinaldo?
El aguinaldo por Fiestas Patrias está destinado a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
También se incluye a los docentes universitarios conforme a la Ley Nº 30220, el personal de la salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y los pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
La medida ha sido firmada por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, garantizando así el beneficio económico a miles de trabajadores del sector público en el marco de las celebraciones por Fiestas Patrias.