13 de junio de 2026

Congreso aprueba ley que impediría que policías y militares sean procesados por la justicia ordinaria

La propuesta fue aprobada en primera votación con 60 votos a favor y establece que los delitos cometidos por efectivos en ejercicio de sus funciones sean vistos exclusivamente por la jurisdicción militar-policial.

El Congreso de la República aprobó en primera votación un proyecto de ley que modifica el Código Penal Militar Policial y que busca que los delitos cometidos por policías y militares durante el ejercicio de sus funciones sean procesados únicamente por la jurisdicción militar-policial, limitando la intervención de la justicia ordinaria.

La iniciativa legislativa, impulsada por la congresista Karol Paredes, obtuvo 60 votos a favor, 34 en contra y 10 abstenciones durante la sesión plenaria realizada el 12 de junio.

Debate y votación

Durante el debate, el congresista Víctor Cutipa, de Juntos por el Perú, planteó una cuestión previa para que el proyecto regresara a la Comisión de Justicia para una nueva evaluación. Sin embargo, el pedido fue rechazado por el Pleno.

La propuesta recibió el respaldo de bancadas como Fuerza Popular y Renovación Popular, mientras que los votos en contra provinieron principalmente de agrupaciones de izquierda.

¿Qué establece la propuesta?

El proyecto prohíbe la existencia de procesos paralelos en la justicia ordinaria y en la jurisdicción militar-policial por los mismos hechos.

De esta manera, un efectivo policial o militar no podrá ser investigado simultáneamente en ambos fueros. Si existe un proceso abierto en la jurisdicción militar-policial, la justicia ordinaria no podrá desarrollar una investigación paralela sobre el mismo caso.

Según los promotores de la iniciativa, la medida busca evitar conflictos de competencia y garantizar una mayor especialización en el juzgamiento de hechos vinculados al ejercicio de funciones militares y policiales.

Falta una segunda votación

Pese a haber sido aprobada en primera votación, la iniciativa aún deberá ser sometida a una segunda votación en una próxima sesión legislativa.

De superar ese trámite, el proyecto será remitido al Poder Ejecutivo para su eventual observación o promulgación. En caso no existan observaciones, la norma entrará en vigencia tras su publicación oficial.

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