El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo.
Estas normas del Decreto Supremo N°003-2022-MTC publicado en el diario oficial El Peruano. Estas normas son solo de carácter regional, provincial e interdistrital.
Principales normas:
-Para pertenecer a la Categoría M1 la carrocería deberá ser de un sedán o station wagon con un peso neto de 1100 kg y una cilindrada mínima de 1600 cc o potencia de motor mínima de 110 HP.
-Para la categoría M2 se requiere contar con un peso neto de 2000 kg y una cilindrada de 2400 cc o potencia de motor mínima de 120 HP. Esto es para el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional.
-Sobre los conductores, la norma indica que deberán contar con licencia de conducir vigente de Clase A Categoría II-A para los vehículos de categoría M1; y de la Clase A Categoría II-B para los vehículos de categoría M2.
-Igualmente, señala que no se debe superar la edad máxima de ochenta años para conducir vehículos y que el chofer debe encontrarse en una correcta aptitud física y psicológica para conducir vehículos de transporte.
-Además, el conductor debe ser el titular de una licencia de conducir vigente de la clase y categoría establecida y que esta no se encuentre suspendida, retenida o cancelada por infracciones a las normas de transporte y tránsito terrestre.
El reglamento consta de 22 artículos y 8 disposiciones complementarias finales, cuyo texto “forma parte integrante del presente Decreto Supremo”.
Asimismo, es necesario precisar que el Reglamento aclara que el presente Decreto Supremo, entrará en vigencia a los diez días hábiles contados desde la fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.