Romel Arenas, secretario general del Sindicato de Trabajadores de Cerro Verde, se pronunció acerca del fallo judicial. El documento reconoce la ilegalidad de amonestar económicamente a los empleados de la empresa que participaron de un paro el año 2016.
En ese entonces, la manifestación exigía que la atención médica familiar esté a cargo de Cerro Verde, acuerdo que terminó prosperando.
Sin embargo, posteriormente, se anunció la imposición de una pena a más de 800 trabajadores por parte de la minera. Esta consistía en no remunerarlos por 2 a 8 días de trabajo.
«Esto se inicia aquí, en la ciudad de Arequipa. Hemos tenido fallos en contra también y esto ha sido llevado a la Corte Suprema donde también hemos apelado a una decisión contraria a esta», explicó el secretario.
Asimismo, Arenas declaró que la nueva resolución permite que, en adelante, ningún trabajador a nivel nacional sea recriminado ni sancionado por ejercer su derecho a la huelga.
El colectivo considera que es un resultado gratificante, además de encontrarse dentro de la normativa legal y del cumplimiento administrativo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.