Gobierno declara Estado de Emergencia en Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna

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Durante la mañana del 5 de febrero, el Estado hizo pública la declaratoria de Estado de Emergencia para varios departamentos del país.

A través del Decreto Supremo N° 018-2023-PCM, publicado en el Diario El Peruano, se oficializó el Estado de Emergencia para los departamentos de Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna desde el 5 de febrero. Se sabe que la medida se llevará a cabo durante 60 días calendario.

A este anuncio se le suman otras disposiciones, entre ellas, la complementaria final que indica la anulación de los D.S. Nº 142-2022-PCM y Nº 010-2023-PCM. La normativa fue firmada por la presidenta, Dina Boluarte, el primer ministro, Alberto Otárola y los ministros del Interior, Defensa y Justicia.

¿Cuáles son las nuevas medidas del Estado de Emergencia?

La primera es el acompañamiento que las Fuerzas Armadas (FF.AA) le darán a la Policía Nacional del Perú (PNP) en las regiones mencionadas. Dicha acción se dará con el fin de mantener el control del orden interno. La excepción se da con Puno, ya que actualmente quienes se encuentran a cargo del orden son los miembros de las FF.AA.

Como segunda medida está la restricción o suspensión de los Derechos Constitucionales, entre ellos la “inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”, de acuerdo al artículo dos del D.S.

Para Puno se aplicará la inmovilización social obligatoria desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. Esto se dará durante 10 días calendario desde el anuncio de la normativa (5 de febrero). Los residentes de esta región deben de tomar en cuenta lo siguiente: pueden hacer uso de las vías públicas para adquirir, producir y abastecer de alimentos al público. Esto también incluye el almacenamiento y distribución de los productos que se pondrán en venta.

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