El Comité Olímpico Internacional – COI aprobó una nueva política de elegibilidad que impedirá a atletas transgénero competir en categorías femeninas en los Juegos Olímpicos, medida que entrará en vigor desde Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028. La normativa establece que la participación en pruebas femeninas quedará restringida únicamente a mujeres biológicas, según el documento oficial difundido tras la reunión de su junta ejecutiva.
El COI precisó que la elegibilidad se determinará mediante una prueba genética basada en el gen SRY, vinculado al desarrollo sexual masculino. “La elegibilidad (…) se limita a mujeres biológicas”, indicó el organismo, que justificó la decisión en la necesidad de “proteger la equidad, la seguridad y la integridad en la categoría femenina”. La medida no será retroactiva ni se aplicará a programas deportivos recreativos o de base.
La presidenta del COI, Kirsty Coventry, defendió la norma al señalar que “en los Juegos Olímpicos, incluso los márgenes más pequeños pueden marcar la diferencia entre la victoria y la derrota”. Además, sostuvo que “no sería justo que hombres biológicos compitieran en la categoría femenina”. El organismo también publicó un informe técnico que detalla diferencias físicas asociadas al sexo biológico, como fuerza, potencia y resistencia.
La decisión impacta también a atletas con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), como Caster Semenya, y unifica criterios que antes dependían de federaciones internacionales. Casos como el de Laurel Hubbard y regulaciones recientes en países como Estados Unidos reflejan un debate global que ahora el COI busca estandarizar.
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