La Resolución Ministerial Nº 418-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, indica que recién a partir del 5 de enero de 2021 quedará prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización, utilización y consumo del camarón de río en el ámbito nacional.
Produce exhorta a los pescadores, comercializadores, cocineros y a los consumidores en general, a respetar la veda – una vez iniciada -, para permitir que el recurso se reproduzca y se garantice su disponibilidad en la mesa de los peruanos el resto del año.
Conchas de abanico
Asimismo, autorizan la extracción traslado y abastecimiento del recurso concha de abanico en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao y el lado sudeste de la Isla San Lorenzo.
La norma establece que esta actividad concluirá cuando se alcance la cuota establecida o, en su defecto, al 31 de diciembre de 2020.