El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) precisó que el transporte de carga, mercancías, encomiendas y caudales —por vía terrestre, marítima, fluvial, lacustre, aérea y ferroviaria— se mantiene autorizado en todo el ámbito nacional.
Esto conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 011-2021-PCM que modifica el DS N° 201-2020-PCM. En ese sentido, las unidades que cuentan con la Tarjeta Única de Circulación para el transporte de carga y mercancías pueden continuar operando en las regiones con niveles de riesgo alto, muy alto y extremo.
Asimismo, la mencionada norma señala que prosiguen las actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluido el cabotaje y las actividades conexas a este tipo de transporte.
El objetivo es garantizar la cadena de suministro y el abastecimiento de productos de primera necesidad, abarrotes e insumos en general en el territorio nacional a fin de satisfacer la demanda de la ciudadanía.
Con el propósito de asegurar el cumplimiento de estas medidas, las autoridades regionales y locales deben brindar las facilidades correspondientes para dar continuidad al transporte de carga, mercancías, encomiendas y caudales.
El MTC precisa que los conductores y operadores de los vehículos de carga gestionarán su pase laboral ingresando sus datos personales aquí.
El Decreto Supremo N° 011-2021-PCM también señala que está autorizado el recojo de comidas en restaurantes hasta las 6 p. m., así como el servicio de delivery las 24 de horas del día en las regiones con nivel de riesgo extremo.
De esta manera, se brindan las condiciones para la alimentación de los operadores del transporte de carga.