Este sábado 18 de junio se publicó la Resolución Viceministerial N° 076-2022-MINEDU en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Donde se especifica que las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado podrán volver a prestar el servicio educativo según la modalidad autorizada en su licencia por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Esto a partir del segundo semestre académico de 2022.
Esta nueva resolución deroga dos normas anteriores. Pues en el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 015-2022-MINEDU se disponía que las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado podrán retornar a la modalidad presencial y/o semipresencial. De forma flexible y gradual, mediante la implementación excepcional de modelos híbridos de enseñanza. En estricto cumplimiento con las medidas de prevención por el COVID-19.
Asimismo, también se derogó el artículo 4 de la Resolución Viceministerial N° 015-2022-MINEDU. El cual aprobó el documento normativo “Orientaciones para la implementación del retorno gradual a la presencialidad y/o semipresencialidad del servicio educativo superior universitario, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19″.
Sin embargo, para volver a las clases presenciales o según la modalidad autorizada por la Sunedu. Las universidades deberán acatar las disposiciones emitidas por el Gobierno y la autoridad sanitaria respecto de las medidas de prevención y control de la COVID-19.
Nota: Melanie Pariapaza Diaz