Investigaciones que debe afrontar Pedro Castillo

Pedro Castillo negó todas las acusaciones
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El 29 de mayo, el Ministerio Público a través de su cuenta de Twitter oficial, amplió una investigación preliminar en contra del presidente Pedro Castillo. Por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada con relación a los hechos que involucran a su exministro Juan Silva y a seis congresistas de Acción Popular.

Como se recuerda, el pasado 06 de mayo el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, abrió investigación preliminar contra los seis congresistas. Raúl Doroteo, Elvis Vergara, Juan Carlos Moro, Jorge Luis Flores, Darwin Espinoza e Ilich López. Todos ellos de Acción Popular, por presunto tráfico de influencias, y contra el exministro de Transportes y Comunicaciones Juan Silva por presunta colusión.

Según la fiscalía, la organización tenía una estructura vertical. Con integrantes en distintos niveles. El Ministerio Público señala que el exministro Silva Villegas, probablemente en contubernio con algún otro alto funcionario del Estado, habría formado parte del primer nivel de la presunta organización criminal.

Además, esta contaba con dos grupos con tareas definidas. El primero se encargó de captar y negociar con empresarios. Estuvo conformado por el ex secretario general de la Presidencia Bruno Pacheco, el empresario Zamir Villaverde y dos sobrinos del presidente: Fray Vásquez Castillo y Gian Marco Castillo Gómez.

Por su parte, el otro grupo se encargó presuntamente de la ejecución del delito. Estaría integrado por funcionarios de Provías Descentralizado previamente designados por el exministro Silva. Ellos se habrían encargado de materializar el favorecimiento a determinadas empresas.

Inmunidad presidencial
Zoraida Ávalos, la anterior fiscal de la Nación, abrió dos investigaciones al presidente Castillo, aunque las suspendió hasta el término de su mandato en julio de 2026. Una fue por las presuntas irregularidades en Petro-Perú y Provías Nacional, y la otra por los ascensos en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

Porque el artículo 117 de la Carta Magna establece que el presidente de la República solo puede ser acusado, durante su mandato. Por “por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales”, por disolver el Congreso fuera del marco constitucional, “y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”.

Más información
Recordemos que el jefe de Estado, había sido citado por la fiscal de lavado de activos, Luz Taquire para interrogarlo por las acusaciones de Karelim López. En ese entonces el presidente pidió se le envíe las preguntas por escrito y respondería por el mismo medio. Las respuestas a la mayoría de las preguntas, es que él desconocía todas las acusaciones, ni conocía aquellos acusados.

Foto: Ernesto Benavides

Nota: Melanie Pariapaza Diaz

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