El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el habeas corpus que presentó el abogado Alejandro Ríos Pallesa en favor del expresidente Pedro Castillo, quien permanece detenido por su participación en el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. La solicitud buscaba anular su prisión preventiva, argumentando que la detención fue arbitraria tras el anuncio de Castillo de disolver el Congreso y establecer medidas excepcionales.
La defensa de Castillo alegaba que no existía flagrancia ni mandato judicial para justificar su arresto. Sin embargo, el TC explicó que la restricción de la libertad del expresidente no se derivó de la detención inicial, sino de decisiones judiciales posteriores.
Magistrados que firmaron la sentencia en el Tribunal Constitucional
El Tribunal señaló que la detención de Castillo, en el contexto del intento de golpe de Estado, no vulneró su derecho a la libertad personal. La restricción de su libertad se debió a una decisión judicial que aprobó su prisión preventiva por 18 meses. Los magistrados Luz Pacheco, Helber Domínguez, Francisco Morales, Manuel Monteagudo, César Ochoa y Pedro Hernández firmaron la sentencia.
Por su parte, el magistrado Luis Gutiérrez Ticse emitió un voto singular, en el que cuestionó la legalidad de la detención inicial, argumentando que no se respetaron las prerrogativas presidenciales de Castillo. A pesar de ello, coincidió con el rechazo del recurso debido a las circunstancias procesales actuales. De esta forma, el Tribunal Constitucional concluyó que el pedido de habeas corpus carecía de fundamento, dado que la restricción de la libertad del expresidente surgió de decisiones judiciales posteriores.
Esta decisión resalta la complejidad legal y política del caso de Pedro Castillo, quien enfrenta serios cargos por su intento de golpe de Estado, y reafirma la postura del poder judicial ante los reclamos de su defensa sobre la legalidad de su detención.
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