El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó la entrega del aguinaldo por Fiestas Patrias 2025 mediante el Decreto Supremo N° 139-2025-EF, publicado hoy en el diario El Peruano. El beneficio asciende hasta S/ 300 y será abonado por única vez en la planilla de julio.
¿Quiénes recibirán este aguinaldo?
La bonificación será otorgada a los siguientes grupos del sector público:
- Funcionarios y servidores bajo el régimen del D.L. Nº 276, Ley Nº 29944 (magisterio) y Ley Nº 30512 (carrera pública de salud).
- Docentes universitarios de la Ley Nº 30220.
- Personal de salud bajo el D.L. Nº 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del Estado.
- Integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas de los regímenes: Ley Nº 15117, D.L. Nº 19846 y Nº 20530, D.S. Nº 051-88-PCM y Ley Nº 28091.
- Contratados bajo el D.L. Nº 1057 (CAS).
Requisitos para acceder al aguinaldo
Los trabajadores deberán cumplir ambas condiciones para acceder al beneficio:
- Estar laborando al 30 de junio de 2025, o encontrarse en uso de vacaciones, licencia con goce de haber, o percibiendo subsidios de la Ley Nº 26790 (seguridad social).
- Tener una antigüedad mínima de tres meses al 30 de junio. Si no se cumple ese tiempo, el aguinaldo se calcula de manera proporcional a los meses y días trabajados.
Consideraciones
El aguinaldo es de carácter único y no está sujeto a descuentos por cargas sociales. Su aplicación será automática en la planilla de julio, por lo que los beneficiarios no necesitan presentar ninguna solicitud adicional.


