7 de marzo de 2026

Nuevo abogado de Pedro Castillo denuncia irregularidades en el proceso judicial

El abogado de Pedro Castillo, Hugo Yataco, denuncia graves irregularidades y vulneración del debido proceso en el caso contra el exmandatario.
Hugo Yataco Pérez, nuevo abogado de Pedro Castillo, denuncia irregularidades y violación al debido proceso en el juicio contra el exmandatario, cuestionando la falta de una denuncia constitucional válida y el respeto al juez natural.

El nuevo abogado de Pedro Castillo, Hugo Yataco Pérez, ha presentado una serie de argumentos en los que denuncia afectaciones al debido proceso y la desviación de la jurisdicción predeterminada por ley en el caso de su patrocinado.

Según el letrado, no se ha respetado el derecho al juez natural, lo que invalida el proceso desde la resolución número uno hasta la actualidad.

“El 10 de diciembre de 2022, la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, comunicó al Congreso de la República un oficio sobre un mandato de detención vigente contra Pedro Castillo Terrones, sin que se tratara de una denuncia constitucional. Al día siguiente, el Congreso dio trámite a este oficio, pero sin referirse a una denuncia constitucional respecto a la situación jurídica de Castillo”.

El 12 de diciembre, en horas de la madrugada, el Congreso aprobó una resolución de contenido penal sin que existiera en ese momento una denuncia constitucional, un informe de precalificación de hechos o un informe que delimitara los hechos que debían ser materia de juzgamiento. Esta situación, según el abogado, es insalvable y no puede subsanarse.

“A las 7:12 de la mañana del 12 de diciembre, la fiscal de la Nación de ese entonces ingresó una denuncia constitucional de manera extemporánea, incluyendo a Pedro Castillo Terrones. Sin embargo, al darle trámite a esta denuncia, el Congreso estableció la sustracción de la materia”.

El abogado sostiene que, conforme a la documentación presentada, nunca existió una denuncia constitucional ni un informe de calificación de hechos que estableciera formalmente los cargos por los cuales se iba a sentenciar a su patrocinado.

El letrado cuestiona si puede haber una sentencia condenatoria o absolutoria, una acusación o un mandato de prisión preventiva sin un informe de calificación de hechos. La respuesta, según él, es no, basándose en el artículo 449, inciso 1 del Código Procesal Penal, que establece las reglas para este tipo de procesos.

El abogado Hugo Yataco anticipa que la fiscalía podría argumentar que el Tribunal Constitucional ya resolvió esta situación, indicando que se trataba de una situación anómala. Sin embargo, para la defensa, este pronunciamiento del Tribunal Constitucional se refirió a la vacancia y no abordó el trámite constitucional de levantamiento de fuero durante los siete días de vigencia de la detención preliminar.

Durante esos siete días, en los que el juzgado de investigación preparatoria otorgó al fiscal la detención de su patrocinado, se pudo haber realizado la denuncia constitucional, el informe de precalificación y se pudo haber corrido traslado a Pedro Castillo para que ejerciera su derecho de defensa.

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